ESPAÑA: La ley impide devolver automáticamente a Marruecos a todos los migrantes que cruzaron hacia Ceuta
La Redacción de Nuestra América Magazine
CEUTA — España no puede devolver automáticamente a Marruecos a todas las personas que entraron irregularmente en Ceuta durante la extraordinaria crisis migratoria registrada a finales de julio, aunque la legislación española sí permite rechazar determinadas entradas ilegales en la frontera.
La diferencia resulta fundamental: controlar una frontera no elimina las obligaciones españolas en materia de derechos humanos, protección internacional y protección de menores.
Una crisis sin precedentes
La emergencia comenzó a desbordarse entre el 29 y el 31 de julio de 2026, cuando decenas de miles de personas procedentes de Marruecos alcanzaron Ceuta por tierra y por mar, muchas de ellas nadando alrededor del espigón fronterizo del Tarajal.
El Ministerio del Interior informó inicialmente de unas 40.000 entradas durante los primeros días, mientras balances posteriores elevaron a aproximadamente 72.000 el número de personas que cruzaron durante la crisis. Una gran mayoría regresó posteriormente a Marruecos.
La dimensión del episodio superó ampliamente la crisis de mayo de 2021, cuando alrededor de 8.000 personas entraron en Ceuta.
Una investigación publicada posteriormente sostuvo que la movilización de julio pudo haber sido impulsada mediante grupos de redes sociales y sistemas de mensajería. Esa conclusión, sin embargo, corresponde a una investigación sobre la organización de los cruces y no constituye por sí misma una determinación judicial definitiva.
España puede rechazar entradas, pero existen límites
La Ley Orgánica 4/2000 establece un régimen especial para Ceuta y Melilla.
Los extranjeros detectados en la línea fronteriza mientras intentan superar los elementos de contención para entrar irregularmente pueden ser rechazados para impedir su entrada ilegal.
Pero la misma disposición establece que el rechazo debe efectuarse respetando las normas internacionales de derechos humanos y protección internacional de las que España forma parte.
Por tanto, la ley no establece una autorización para devolver indiscriminadamente a cualquier persona sin considerar sus circunstancias.
Asilo y protección internacional
Una persona que solicita asilo tiene derecho a que su petición sea tramitada conforme a la legislación aplicable.
Eso no significa que solicitar asilo garantice permanecer definitivamente en España. Significa que las autoridades deben determinar si existen razones que justifiquen conceder protección internacional.
España tiene además procedimientos específicos para recibir solicitudes de protección internacional en los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla.
Los menores requieren protección especial
La situación de los menores es todavía más delicada.
Los menores extranjeros no acompañados están sujetos a mecanismos específicos de identificación, tutela y protección. No pueden ser tratados simplemente como adultos que cruzaron irregularmente la frontera.
Durante la reciente crisis, Ceuta llegó a atender alrededor de 1.100 menores extranjeros no acompañados, desbordando ampliamente su capacidad ordinaria de acogida.
La Fiscalía española ha vigilado las actuaciones relacionadas con esos menores después de que organizaciones sociales denunciaran posibles presiones y devoluciones irregulares. Hasta principios de agosto no había abierto una investigación formal sobre esas denuncias.
Marruecos también cuestiona la actuación española
La controversia adquirió una nueva dimensión cuando el Consejo Nacional de Derechos Humanos de Marruecos publicó un informe preliminar denunciando presuntos malos tratos contra migrantes durante la crisis.
El organismo marroquí sostiene haber recogido testimonios de personas retornadas que denunciaron agresiones y cuestionó particularmente el tratamiento recibido por algunos menores.
Son denuncias del organismo marroquí y deben presentarse como tales, no como hechos judicialmente demostrados.
Una frontera entre África y Europa
Ceuta constituye uno de los puntos migratorios más particulares del continente.
Es territorio español situado en el norte de África, comparte frontera terrestre con Marruecos y constituye al mismo tiempo una de las fronteras exteriores de la Unión Europea.
Esa situación explica buena parte de la complejidad jurídica y política de la crisis.
España posee el derecho de controlar su frontera y puede impedir determinadas entradas irregulares.
Pero ese derecho convive con obligaciones igualmente vinculantes en materia de asilo, derechos humanos y protección de menores.
Por eso, afirmar que España no puede devolver a Marruecos a todas las personas que cruzaron hacia Ceuta es correcto, siempre que se haga una precisión fundamental:
la ley no prohíbe todas las devoluciones; prohíbe que se realicen indiscriminadamente cuando existen circunstancias que requieren protección o procedimientos legales específicos.
Fuentes informativas
Boletín Oficial del Estado (BOE): Ley Orgánica 4/2000 sobre derechos y libertades de los extranjeros y régimen especial de Ceuta y Melilla; Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y protección subsidiaria.
El País: cobertura de la crisis migratoria de julio y agosto de 2026, situación de los menores, investigación sobre la organización de los cruces y denuncias posteriores del Consejo Nacional de Derechos Humanos de Marruecos.

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